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Puebla
jueves, abril 23, 2026

AVALA CONGRESO DEL ESTADO REFORMAS PARA ECHAR ABAJO MULTAS EXCESIVAS POR EL SERVICIO DE AGUA POTABLE

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La LX Legislatura del Congreso del Estado aprobó, por mayoría de votos en el Pleno, reformas a diversas disposiciones de la Ley del Agua para el Estado de Puebla con la intención de que los usuarios puedan impugnar cuando detecten cobros excesivos por el servicio de agua potable, ya que en la práctica la fracción II del artículo 145 es un obstáculo para el acceso a la justicia. 

 

Al respecto, la diputada María del Carmen Cabrera Camacho señaló que esta reforma tiene como objetivo garantizar a los usuarios de los servicios de agua potable, saneamiento y alcantarillado, puedan impugnar los cobros excesivos. 

 

De la misma forma, señaló que el acceso a la justicia es un derecho humano que garantiza, cumpliendo requisitos, que toda persona pueda acudir a tribunales independientes e imparciales, para hacer valer sus derechos y se resuelva la controversia.

 

El artículo quedará de la siguiente manera: 

 

“Artículo 145. Es improcedente el recurso administrativo de revisión, cuando se haga valer contra actos administrativos que:

 

  1. Se hayan consentido expresa o tácitamente, entendiéndose por consentimiento tácito el de aquellos contra los que no se promovió el recurso en el plazo señalado al efecto.”

 

Por su parte, en el mismo punto, el diputado José Juan Espinosa Torres, se pronunció en contra de las reformas a la Ley del Agua, ya que, consideró, no resuelven las demandas sociales, ni regresan al Estado el control total en materia de este servicio.


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La LX Legislatura del Congreso del Estado aprobó, por mayoría de votos en el Pleno, reformas a diversas disposiciones de la Ley del Agua para el Estado de Puebla con la intención de que los usuarios puedan impugnar cuando detecten cobros excesivos por el servicio de agua potable, ya que en la práctica la fracción II del artículo 145 es un obstáculo para el acceso a la justicia. 

 

Al respecto, la diputada María del Carmen Cabrera Camacho señaló que esta reforma tiene como objetivo garantizar a los usuarios de los servicios de agua potable, saneamiento y alcantarillado, puedan impugnar los cobros excesivos. 

 

De la misma forma, señaló que el acceso a la justicia es un derecho humano que garantiza, cumpliendo requisitos, que toda persona pueda acudir a tribunales independientes e imparciales, para hacer valer sus derechos y se resuelva la controversia.

 

El artículo quedará de la siguiente manera: 

 

“Artículo 145. Es improcedente el recurso administrativo de revisión, cuando se haga valer contra actos administrativos que:

 

  1. Se hayan consentido expresa o tácitamente, entendiéndose por consentimiento tácito el de aquellos contra los que no se promovió el recurso en el plazo señalado al efecto.”

 

Por su parte, en el mismo punto, el diputado José Juan Espinosa Torres, se pronunció en contra de las reformas a la Ley del Agua, ya que, consideró, no resuelven las demandas sociales, ni regresan al Estado el control total en materia de este servicio.


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