Aurelia Navarro Niño
La Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso aprobó la despenalización del aborto en el estado de Puebla que solo aplica dentro de las 12 semanas de gestación.
El presidente de la comisión, Eduardo Alcántara Montiel, explicó que el dictamen será enviado a la Junta de Gobierno y Coordinación Política para que se enliste en la orden del día de la última sesión ordinaria del lunes 15 de julio.
Los artículos que se discutieron fueron el 339 que hace referencia el significado de aborto ilegal, siendo este el que se practique fuera de las 12 semanas de gestación, con una sanción de 1 a 3 años de prisión.
El artículo 341 habla del aborto forzado, el cual se castigará de 4 a 8 años de prisión, pero si hay violencia física o mental la pena subirá de 8 a 10 años de prisión.
El articulo 342 refiere que, si el aborto lo provoca personal médico, cirujano, enfermero, practicante de medicina o partera, este recibirá una suspensión al derecho de su profesión u oficio por un tiempo igual al de la pena.
Dentro del documento de dictamen, se toma en cuenta aquellas razones por las que el aborto después de las 12 semanas de gestación no se considerara atenuante para las sanciones antes referidas.
El artículo 343, refiere que el aborto no será sancionable si la gestante acredita que fue de forma involuntaria, o por accidente la pérdida del embrión.
Otro aspecto, es cuando una mujer sin importar la edad quede embarazada como resultado de una violación o inseminación artificial no consentida.
Incluso cuando a través de médicos certificados se demuestre que la vida de una mujer corre peligro si no se interrumpe el embarazo.
De igual forma si, el área médica acredita que el embrión presenta características o alteraciones genéticas que lo afecten de por vida, se podrá interrumpir el embarazo sin sancionar a la mujer y médicos.
